MADRID 20 Feb. –
El grupo parlamentario de Junts ha registrado una enmienda a la Ley de Función Pública que se tramita en el Congreso con el objetivo de que, en las comunidades donde el castellano convive con otro idioma, se reserve un cupo de plazas vacantes en el ámbito de la Justicia para quienes acrediten el conocimiento de la lengua cooficial correspondiente.
En concreto, los de Carles Puigdemont plantean introducir una disposición transitoria nueva en el proyecto de ley que el Gobierno ha remitido al Congreso para la reserva de ese cupo «con especial valoración del mérito del idioma cooficial».
Según detalla en la enmienda, a la que ha tenido acceso Europa Press, la formación independentista busca que esta medida se aplique con «carácter excepcional» hasta que en las comunidades autónomas que disponen de lengua cooficial, la tasa de interinidad en los puestos de trabajo sea inferior al 8%.
ACABAR CON LA TEMPORALIDAD
Hasta que se alcance ese porcentaje, en las ofertas de empleo público que elabore el Ministerio de Justicia «se reservará un cupo de plazas vacantes singularizadas de acceso libre en las que establecerá como requisito la acreditación del perfil lingüístico correspondiente del idioma cooficial».
Junts considera que las medidas implementadas para reducir la temporalidad en el empleo público de Justicia han resultado «ineficaces» en el ámbito de los puestos singularizados por razón de idioma. Según argumentan, esto se debe a la falta de una reserva específica de plazas para quienes hablan la lengua correspondiente y porque los concursos de traslados de puestos singularizados solo ayudan a cubrir un pequeño porcentaje de esas plazas.
«El problema es especialmente grave porque se cubre una cantidad claramente insuficiente del total de plazas singularizadas por razón de idioma ofertadas», explican los independentistas.
ES CONSTITUCIONAL
Además, mencionan la doctrina del Tribunal Constitucional para justificar la constitucionalidad de su petición. En virtud de esa jurisprudencia, Junts interpreta que el conocimiento de la lengua cooficial puede ser valorado como «mérito no eliminatorio para la obtención del puesto de trabajo en la administración autonómica de que se trate».
Pero que sí puede valorarse «como elemento eliminatorio o excluyente de la posibilidad de obtener dichos puestos», siempre que se trate de plazas determinadas y concretas directamente vinculadas a la utilización por los administrados de las lenguas propias de dicha comunidad, cuando la imposibilidad de utilizarlas en sus relaciones con la administración les pueda ocasionar un evidente perjuicio.
Además, Junts apunta que la reserva de plazas debe «estar subordinada al principio de proporcionalidad» que establece la Constitución, ya que «sería contrario al derecho de igualdad en el acceso a la función pública exigir un nivel de conocimiento de la lengua cooficial que no guarde relación con las necesidades que demanda el puesto cuya cobertura se convoca».