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La Abogacía del Estado Señala Sesgo en la Investigación del Fiscal General y Solicita el Archivo del Caso

La Abogacía del Estado Señala Sesgo en la Investigación del Fiscal General y Solicita el Archivo del Caso


MADRID 19 Mar. –

La Abogacía del Estado ha interpuesto un recurso de apelación en defensa de la jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, solicitando al Tribunal Supremo (TS) que archive la investigación en su contra por las supuestas filtraciones relacionadas con Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso. Además, se denuncia un «sesgo» en la instrucción que el magistrado Ángel Hurtado también dirige contra el fiscal general, Álvaro García Ortiz.

En un escrito de 62 páginas, al que ha tenido acceso, los Servicios Jurídicos del Estado apelan ante la Sala de Apelación la decisión del magistrado instructor, adoptada el pasado 26 de febrero, que insistió en que existían indicios «suficientes» para seguir investigando tanto a Rodríguez como a García Ortiz.

La Abogacía del Estado denuncia una vulneración del derecho de Rodríguez a la presunción de inocencia que, según sostienen, «se agrava con el sesgo en el desarrollo de la instrucción, rompiendo el principio de un proceso equitativo y del respeto al derecho de la defensa a proponer pruebas pertinentes, dando preferencia a las propuestas de las acusaciones y sus valoraciones».

Además, critican que, «ante testimonios prestados bajo juramento, no se justifica la exclusión de su valor probatorio, descalificándolos de manera vaga y genérica», refiriéndose en concreto a los ofrecidos por dos periodistas que afirmaron conocer la existencia del ‘email’ filtrado antes de que llegara a los fiscales investigados.

«Si a estos testimonios se les hubiera prestado atención, podrían haber conducido a conclusiones favorables para nuestra representada, o al menos servir para que el instructor considerara la existencia de dudas favorables al investigado y procediera a realizar las diligencias de prueba solicitadas», afirmaron.

La defensa insiste en que «no existe prueba directa de la revelación del correo del 2 de febrero que la atribuya» a Rodríguez o a García Ortiz, aunque subrayan que «a pesar de dos entradas y registros inusitados y de otras pruebas tecnológicas que han generado una gran cantidad de datos innecesarios, se han podido reunir elementos claramente exculpatorios».

La Abogacía analiza los tres bloques investigados, comenzando por la nota de prensa emitida el 14 de marzo de 2024 por la Fiscalía, que originó la querella de González Amador al considerar que contenía datos confidenciales. Recuerdan que el propio Supremo, al encausar a Rodríguez y a García Ortiz, no consideró delito en ello.

En relación con la filtración sobre la existencia de una investigación contra González Amador por delitos fiscales, la defensa destaca que Rodríguez envió el 7 de marzo la información a la Fiscalía General del Estado, sin compartirla con nadie «ajeno» al Ministerio Público, cumpliendo con su obligación de informar a sus superiores sobre asuntos relevantes.

Respecto al mencionado correo que la defensa de González Amador envió el 2 de febrero de 2024 al fiscal Julián Salto, comunicándole la intención de su cliente de reconocer los hechos para llegar a un acuerdo de conformidad, la Abogacía del Estado subraya que estuvo en manos de múltiples personas.

En concreto, mencionan que Salto declaró que el abogado de González Amador le comunicó que «no solo envió el correo de 2 de febrero a la cuenta de la Sección de Delitos Económicos de Fiscalía, sino también a algún abogado del Estado». «Este hecho no ha sido controvertido y fue omitido en la querella por su nulo valor incriminatorio», añaden.

«Lo mencionamos ahora porque no puede ignorarse que la actuación del abogado de González Amador, a nuestro juicio, resalta la escasa confidencialidad del contenido del correo del 2 de febrero, incluso por el propio abogado del señor González Amador», explican.

«TESIS ALTERNATIVAS»

Según la Abogacía, «el propio querellante se ha colocado deliberadamente en una situación de conocimiento público y renuncia expresa a la reserva de ciertos datos», no solo por el correo, sino también porque envió ese ‘email’ a «un alto cargo de la Comunidad de Madrid que posteriormente lo difundió a través de mensajería instantánea a varios periodistas», refiriéndose al jefe de gabinete de Díaz Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez.

En este sentido, critican a Hurtado «la negativa a explorar esta tesis», lo que impide que la defensa pueda «introducir hipótesis alternativas, obstaculizando una justa valoración del material probatorio».

Además, cuestionan que la sospecha sobre Rodríguez «caracteriza una falta de individualización», debido a que no se ha realizado «el mínimo esfuerzo argumental y particularizado». También mencionan que en el auto impugnado solo se citó que la fiscal sugirió agregar «un poco de cianuro» a la nota de prensa del 14 de marzo, expresión que considera «descontextualizada y artificiosa».

En conclusión, afirman que «incluso en el supuesto negado de que la revelación de las informaciones reservadas fuera atribuible a García Ortiz, la conducta de Rodríguez debe considerarse atípica por ser neutra», resaltando que no hay «indicios sólidos» y que existen «múltiples contraindicios que argumentan una explicación alternativa y razonable» que derivaría en el archivo del caso para ella.

Leer más sobre este caso aquí. Además, puedes consultar nuestras leyes sobre delitos fiscales para entender mejor la situación.

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