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Peritos Policiales Respaldan la Legalidad de las Escuchas de Sito Miñanco: Claves para Entender el Caso

Peritos Policiales Respaldan la Legalidad de las Escuchas de Sito Miñanco: Claves para Entender el Caso


Los expertos presentados por las defensas sostienen que los audios eran **manipulables** y que se grabaron de forma **indiscriminada**.

MADRID, 10

El agente que ha declarado como perito ha señalado que es «imposible» manipular las grabaciones sonoras realizadas en el marco de la operación Mito –dirigida contra la red del narcotraficante gallego José Ramón Prado Bugallo, conocido como ‘Sito Miñanco’–, y que no se hicieron grabaciones de forma «indiscriminada e ininterrumpida» en los vehículos sonorizados durante la investigación, ya que el dispositivo «lo activa y lo desactiva el instructor».

Además, explicó al tribunal de la Audiencia Nacional, presidido por el magistrado Alfonso Guevara, que el sistema funciona a través de una llamada desde un terminal telefónico, lo que «activa una grabación». Y recalcó que tanto la grabadora como el teléfono «están en poder del instructor o del investigador». Se produce de inmediato un volcado que se remite con un acta de cadena de custodia. Al hilo, añadió que dicha sonorización también iba acompañada de un geoposicionamiento.

El perito de parte defendió que no hubo cadena de custodia y que esos archivos grabados eran **manipulables**, algo que fue rechazado por el perito policial. «La supuesta cadena de custodia no coincide con ninguno de los criterios del análisis forense documentado (…), ni con los estándares de informática forense», recalcó el perito aportado por la defensa.

Después de varias tesis contradictorias, el magistrado preguntó al perito de parte si había evidencia de que esos audios hubieran sido **manipulados**, y pidió que señalara dónde estaba esa modificación. Sin embargo, el experto no pudo responder ni negativa ni afirmativamente, y solo comentó que «no se puede garantizar que hubiera **integridad** –en lo grabado–«. «No puedo afirmar si es veraz la información o no. No hemos tenido acceso a la evidencia original», relató.

ACTIVACIÓN POR RUIDO

El juez afirmó que «para dudar de la evidencia hay que tener un indicio», y continuando con las preguntas de las partes, anunció que ordenaba a la Letrada de la Administración de Justicia acudir al servidor donde estaba el original de las escuchas cuestionadas para realizar una copia directa. «Se acabó. Yo ya no puedo más. Pues al servidor, con todas las consecuencias», añadió.

Además, refutando la tesis de los expertos policiales sobre que la grabación se conectaba a voluntad del investigador mediante SMS, otro experto de parte comentó que en una de las escuchas –en un chalé– se registraron 781 sin sonido y 850 sin sonidos relevantes, «porque efectivamente la activación es sonora».

«Sí que es verdad que se puede configurar –el sistema–, pero en el caso concreto (…), la activación se está realizando por ruidos, es decir, por un evento sonoro», recalcó.

El perito policial matizó, no obstante, que las grabaciones realizadas en uno de los vehículos, un Renault Megane, se hicieron con un sistema distinto, más antiguo, que activaba la grabación por ruido. Pero ese era el único caso y que luego se hacía un cribado de lo relevante y se grababa en un DVD no manipulable.

En el día de hoy, en definitiva, las defensas han insistido repetidamente en que no se podía constatar que los audios aportados a la causa fueran los realmente registrados en los lugares intervenidos por autorización judicial, y que podrían haber sido **manipulados** a lo largo de la instrucción, lo que invalidaría las pruebas y, por ende, podría llevar a la anulación de la causa.

LA EXPULSIÓN DE LOS ACUSADOS

Guevara en otro momento ha interrumpido la exposición de uno de los peritos de parte, recordando que solo se debía determinar «si ha habido alguien que ha **manipulado**» los audios, «si hay el más mínimo sospecha o indicio de que se ha **manipulado**», y no si es «manipulable», «porque manipulable también es la droga que se recoge y se lleva a un laboratorio».

Tras escuchar lo declarado por el perito policial en la sesión anterior a solicitud de las defensas, que argumentaban contradicciones con lo sostenido anteriormente, y después de que se produjeran risas y ruidos entre los aproximadamente cincuenta acusados, Guevara ha ordenado que todos fueran dirigidos a la ‘pecera’ –lugar donde se suele ubicar a determinados encausados detenidos–.

La defensa de Sito Miñanco ha argumentado que esta decisión en pleno juicio suponía una medida privativa de libertad, ante lo que Guevara ha cambiado de opinión y ha ordenado expulsar de la sala a todos los encausados, con las excepciones de una persona detenida que ha enviado a la ‘pecera’ y del abogado Gonzalo Boye, que se sienta entre los letrados. «Todos fuera», ha espetado el presidente.

En la misma jornada, el magistrado también retiró la palabra a la defensa del ‘narco’ gallego y cortó el interrogatorio que realizaba a su propio perito.

LAS GEOLOCALIZACIONES

Fuentes de la defensa, consultadas, consideran que los peritos policiales confirmaron que Sito Miñanco nunca estuvo en el despacho del abogado Gonzalo Boye ni en sus proximidades entre febrero y junio de 2017, a pesar de lo sostenido por Fiscalía sobre que asistió a una reunión en el despacho del letrado para idear una estrategia para recuperar y blanquear 890.000 euros intervenidos en Barajas a Manuel González Rubio y otros encausados.

Además, añaden que los expertos de la Policía han explicado que el teléfono del investigado González Rubio estuvo apagado entre el 14 y el 22 de febrero, fechas en las que según Fiscalía ocurrió la presunta reunión en el despacho de Boye, lo que es «compatible» con la posibilidad de que en realidad estuviera fuera de España.

Según un registro migratorio oficial de las autoridades colombianas, aportado por la defensa de Boye durante el juicio, González Rubio viajó a Colombia el 10 de febrero de 2017 y regresó el día 22 de ese mismo mes, por lo que tampoco pudo estar presente en la reunión mencionada por Fiscalía en su acusación.

Respecto al análisis del teléfono del también acusado Manuel Andrés Puentes Saavedra, los peritos de la Policía han indicado que las geolocalizaciones le sitúan en la «zona de influencia» de las antenas localizadas a 1,8 km del despacho de Boye, pero han admitido que del análisis no se puede demostrar que estuviera físicamente en el bufete del letrado.

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