Ángel Correa, sancionado por cinco partidos

Ángel Correa, sancionado por cinco partidos


MADRID 12 Mar. –

El delantero argentino del Atlético de Madrid, **Ángel Correa**, ha sido sancionado este miércoles por el Comité de Competición de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) con **cinco partidos** tras su roja ante el **Getafe CF** y sus posteriores insultos al colegiado **Guillermo Cuadra Fernández**.

Tras un aviso desde la sala VOR, Cuadra Fernández expulsó al futbolista rojiblanco por una entrada sobre **Djené Dakonam** y, según recoge el acto arbitral, profirió insultos al colegiado mientras abandonaba el campo (‘Hijo de las mil putas, cagón, la concha de tu madre’).

Por estos motivos, Competición sancionó al argentino con un partido por su roja directa, y cuatro más «por insultos, ofensas verbales y actitudes injuriosas» a un miembro del equipo arbitral, siendo este el menor castigo posible, ya que oscila entre este número y un **máximo de 12 partidos**.

De este modo, Correa no podrá jugar el fin de semana que viene ante el **FC Barcelona**, el **RCD Espanyol**, el duelo de vuelta de las semifinales de la **Copa del Rey MAPFRE** ante el conjunto blaugrana (por ser una sanción de cuatro o más partidos), **Sevilla FC** y **Real Valladolid**. A menos que el Atlético de Madrid elimine al **Real Madrid** en los octavos de final de la **Liga de Campeones**, el sudamericano estaría sin jugar más de un mes.

El club colchonero presentó alegaciones ante Competición para dejar sin efectos la tarjeta roja, argumentando que el jugador «no fue merecedor de la expulsión» por el error material «manifiesto» al considerar que la entrada no fue «con uso de fuerza excesiva», además de señalar que sus palabras ofensivas debían ser tratadas «como menosprecio» y que se aplicara «la circunstancia atenuante de arrepentimiento espontáneo», dado que el delantero se disculpó tras el encuentro.

En este sentido, el organismo desestimó el primer recurso aclarando que el Atlético no presentó «elemento probatorio alguno» para demostrar dicho error manifiesto, y también hizo caso omiso del segundo, ya que las expresiones recogidas «constituyen claramente una infracción del artículo 99 del Código Disciplinario de la RFEF».

«En este orden de cosas, las razones esgrimidas a la hora de tratar de justificar el reprochable comportamiento del jugador no pueden tener acogida, ni pueden ser consideradas como atenuantes de responsabilidad, independientemente del resultado o desarrollo de un encuentro», recalcó **Competición**.

Asimismo, a pesar de calificar de «loable» las disculpas de Ángel Correa en las redes sociales, «en modo alguno pueden tener la consideración y los pretendidos efectos del arrepentimiento espontáneo como circunstancia atenuante», enfatizando que ya había decidido «motu proprio imponer la sanción mínima de suspensión».

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