
MADRID 8 Abr. –
Los diputados que obtengan autorización para votar telemáticamente ya no necesitarán conectarse a un ordenador o tablet para emitir su voto, sino que podrán hacerlo directamente desde sus móviles, gracias al método que la Mesa del Congreso aprobará este martes.
Así, la Cámara continúa ampliando las facilidades para **votar a distancia**, ya que en las próximas semanas se implementará una nueva regulación que ampliará los supuestos para esta modalidad de voto.
En concreto, se incorporará la **firma electrónica** en los dispositivos móviles de los diputados, lo que les permitirá no solo votar desde sus teléfonos, sino también presentar iniciativas en el Registro Telemático de la institución.
«Seguimos modernizando el trabajo en el Congreso», ha destacado la presidenta de la Cámara, la socialista Franina Armengol, en redes sociales. «El nuevo sistema facilitará **la gestión de iniciativas parlamentarias** que mejoran nuestra sociedad y permitirá mayor presencia de los diputados en sus territorios, donde están sus representados, reforzando así una democracia más plena».
Según han precisado fuentes parlamentarias, los certificados de seguridad digital comenzarán a emitirse en estos días y más adelante, el Congreso evaluará si desarrolla una aplicación para reunir todas las actividades que se podrán realizar con el certificado digital. Para conocer más sobre el proceso, visita nuestra sección sobre voto telemático.
DOBLE FACTOR DE AUTENTICACIÓN
A partir de ahora, los técnicos de la Cámara contactarán a los diputados para generar este nuevo certificado, que estará vinculado a un número de teléfono solicitado a través de cada grupo parlamentario. Cada vez que se quiera acceder a este sistema, se enviará un SMS con un código, lo que añade un **segundo factor de autenticación**.
Asimismo, se implementará la **firma electrónica cualificada** de los votos emitidos mediante certificado digital personal de cada diputado, así como un sello electrónico de confirmación de los justificantes de voto con sello digital del Congreso.
Esta nueva facilidad para el voto se suma a la reforma del Reglamento del Congreso impulsada por el PSOE, Sumar y sus aliados, que incluye un apartado específico sobre el **voto telemático** para periodistas acreditados en la Cámara. Para más información sobre el reglamento, revisa nuestra base de datos sobre reglamento del Congreso.
El Congreso comenzó a autorizar en 2011 el voto a distancia en casos de maternidad o enfermedad grave, pero en 2022 se amplió para incluir también el embarazo y «situaciones de especial gravedad» que impidieran el acceso a la Cámara, así como la participación en delegaciones parlamentarias y compromisos de representación institucional en el extranjero (como cumbres europeas, iberoamericanas, de la OTAN, del G-20 o la Asamblea General de las Naciones Unidas, entre otros).
Ahora, el PSOE y sus aliados han ampliado el catálogo de situaciones que permiten solicitar el voto a distancia; así, a las ya mencionadas se suman «adopción o guarda con fines de adopción o acogimiento, así como tratamientos de reproducción asistida», «motivos de salud o accidente», «necesidad de atender al cuidado del cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, así como otras personas dependientes», y «fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad».
Además, se simplifican los trámites para solicitar esta **votación telemática**. Anteriormente, quien deseaba votar a distancia debía presentar «la oportuna solicitud mediante escrito dirigido a la Mesa de la Cámara», que luego comunicaba su decisión, «precisando el periodo de tiempo en el que se podía emitir el voto mediante dicho procedimiento».
Con la redacción de la proposición de ley registrada el pasado viernes por la tarde, la concesión es casi automática. Así, el diputado «cursará la oportuna solicitud mediante escrito dirigido a la Mesa de la Cámara» e incluirá «la justificación de que concurre alguna de las causas previstas en este artículo», pero en todo caso bastará con una «declaración responsable de la persona solicitante» para que se permita la votación telemática. No obstante, la Mesa podrá solicitar información adicional o documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos.



