El Senado considera inconstitucional la ley que disuelve asociaciones franquistas, pero acepta su tramitación

El Senado considera inconstitucional la ley que disuelve asociaciones franquistas, pero acepta su tramitación


MADRID 22 Abr.

Un informe de los servicios jurídicos del Senado considera inconstitucional la reforma de la Ley que regula el derecho de asociación, impulsada por el PSOE para permitir la disolución de entidades que hagan apología del franquismo. Sin embargo, la mayoría del PP en la Mesa de la Cámara Alta ha manifestado su intención de admitirla a trámite para evitar el riesgo de prevaricación.

Según han indicado fuentes parlamentarias, los letrados del Senado han emitido un informe donde señalan diversos aspectos contrarios a esta reforma, considerándola inconstitucional.

No obstante, desde la Mesa del Senado procederán con la tramitación para no correr el riesgo de prevaricar, alegando que hubo un antecedente similar con la Ley de Amnistía, en la que se denunció su inconstitucionalidad aunque se tramitó en la Cámara Alta.

Esta reforma fue aprobada recientemente en el Congreso, con el apoyo del PSOE, Sumar, ERC, Junts, Bildu, PNV, Podemos, el Bloque Nacionalista Galego, Coalición Canaria y Unión del Pueblo Navarro, mientras que el PP se abstuvo y Vox votó en contra. Para más información, visita este enlace.

MANDATO DE LA LEY DE MEMORIA

Esta proposición de ley busca dar cumplimiento a la disposición adicional séptima de la Ley de Memoria Democrática, que data de octubre de 2022 y que ya contemplaba la modificación de la ley de asociaciones en este sentido.

La norma afecta únicamente a asociaciones, ya que en el caso de las fundaciones, como la Fundación Franco, los intentos de disolución siguen un camino diferente, dependiendo del Ministerio de Cultura que lidera Ernest Urtasun de Sumar, que comenzó los trámites el pasado mes de junio.

No obstante, considerando la posibilidad de que la fundación intente transformarse en asociación para evadir su extinción, el PSOE ha optado por promover paralelamente la reforma de la Ley de Asociación, según han explicado fuentes parlamentarias.

En concreto, se incluirá en la ley vigente una disposición adicional para establecer como causa de disolución «la realización de actividades que constituyan apología del franquismo», ya sea «ensalzando el golpe de Estado de 1936 o la dictadura posterior», «enalteciendo» a sus líderes, siempre que «concurra menosprecio y humillación de la dignidad de las víctimas» del golpe, la guerra o la dictadura, o con «incitación directa o indirecta al odio o violencia» contra ellas.

Además, se establece que la causa de disolución se aplicará independientemente de los fines teóricos y las actividades especificadas en los estatutos, así como de que la asociación cuestionada haya cumplido o no con el deber de inscripción registral, dado que este último se considera solo a efectos de publicidad.

DISOLUCIÓN POR LA VÍA PENAL

La iniciativa original destacaba que la disolución debería realizarse mediante resolución judicial y que correspondería al Ministerio Fiscal «el ejercicio de la acción en este tipo de procesos», pero durante la fase de ponencia se introdujo una nueva vía para dicha disolución. Fue a través de una enmienda transaccional acordada por PSOE, Sumar, ERC, Junts, Bildu, PNV y BNG que abrió la puerta a la disolución por la vía penal.

«El Ministerio Fiscal valorará el ejercicio de la acción penal de disolución por delitos relativos a derechos fundamentales, especialmente en lo que respecta al delito de asociación ilícita, cuando concurran supuestos de incitación al odio o a la violencia», se menciona en la transaccional.

Además, la enmienda permite reconocer la «legitimación activa» en esta materia a asociaciones, entidades o personas jurídicas que tengan como objetivos la defensa de la memoria democrática y de las víctimas del golpe de Estado de 1936 y de la dictadura.

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