MADRID, 12
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha acordado por unanimidad estimar parcialmente el recurso del Gobierno de Pedro Sánchez contra el protocolo para menores migrantes del Ejecutivo canario, anulando la Resolución de la Dirección General de Protección de la Infancia y las Familias de 10 de septiembre por la que quedó aprobado.
Las mismas indican que el tribunal ha respaldado la ponencia del magistrado del ala conservadora Ricardo Enríquez, quien proponía estimar parcialmente el recurso del Gobierno al considerar que no cabe duda de que el acogimiento de menores migrantes no acompañados es un asunto de asistencia social y, por tanto, competencia de la comunidad autónoma, lo que implica que con este protocolo el Ejecutivó canario incurría en un abandono de sus funciones.
Moncloa impugnó los apartados segundo, tercero y sexto del Acuerdo del Gobierno de Canarias de 2 de septiembre de 2024 en relación con los menores migrantes, así como la Resolución de la Dirección General de Protección de la Infancia y las Familias de 10 de septiembre, la cual establece el protocolo territorial para estos menores en Canarias.
Las fuentes consultadas especifican que el TC ha declarado inconstitucionales y nulos dicha resolución, que aprobaba todo el protocolo, y el apartado segundo del mencionado acuerdo del Gobierno de Canarias.
El TC solo ha salvado los apartados tercero y sexto de ese acuerdo, que también fueron recurridos por el Ejecutivo central, puesto que constituyen un requerimiento al Estado que permite un trámite para interponer el recurso de inconstitucionalidad por parte de la comunidad autónoma. No obstante, los informantes subrayan que se trata de un aspecto que «carece de importancia».
La corte de garantías admitió a trámite el recurso el pasado 8 de octubre, al mismo tiempo que ordenó suspender la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados, aunque ya estaban desactivados cautelarmente por orden del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
El TC expone que, aplicando dicha doctrina y la normativa interna e internacional en favor de los menores, se deriva «con relativa claridad» que la recepción y acogimiento inicial de un extranjero menor de edad que pudiera serlo, es competencia de la comunidad autónoma que tenga asumidas funciones en protección de menores.
Por ello, resalta la «irrenunciabilidad e indisponibilidad» de las competencias exclusivas de las Comunidades Autónomas. En este sentido, el TC menciona que, «aun comprendiendo las dificultades que para la Comunidad Autónoma de Canarias representa la atención a los menores no acompañados que llegan a esa comunidad», esta circunstancia «no puede justificar la renuncia de esa comunidad al ejercicio de sus propias competencias, debiendo atenderse también al principio de cooperación y colaboración entre el Estado y las Comunidades Autónomas».
El nuevo protocolo implicaba que antes de la entrega del menor a las autoridades de las islas se realizara su previa reseña de identificación, su inscripción en el Registro de Menores Extranjeros No Acompañados (RMENA) y una resolución administrativa de asignación o ubicación individualizada del órgano correspondiente del Estado, previa audiencia al menor, en presencia de un intérprete de su lengua materna con conocimiento del fiscal.
Confirmada la disponibilidad de plaza, la recepción del menor por parte de la comunidad autónoma debía realizarse en las comisarías de la Policía Autonómica de Canarias o, donde no existieran, en los lugares habilitados para ello.
AUSENCIA DE ATENCIÓN INMEDIATA
Para la Fiscalía, que llevó el asunto a la jurisdicción ordinaria el 18 de septiembre, este protocolo suponía la «ausencia de atención inmediata» a la situación de desamparo presente en los menores migrantes que llegan desde el mar a las costas del archipiélago.
Denunció vulneraciones del derecho fundamental al principio de igualdad conforme al artículo 14 de la Constitución y en la Convención de los Derechos del Niño, así como del derecho fundamental a la integridad moral reconocido en el artículo 15 de la Carta Magna.
Por su parte, el ministro Ángel Víctor Torres anunció el 24 de septiembre que el Gobierno llevaría el protocolo canario al TC después de que el Consejo de Estado dictaminara que «existen fundamentos jurídicos suficientes» para recurrirlo.
El Consejo de Estado indicó que «las dificultades que pudieran existir en la identificación y determinación de edad» de estos inmigrantes, así como «la insuficiencia o saturación de los medios autonómicos disponibles para atenderlos», no son circunstancias que “justifiquen un eventual rechazo de la comunidad autónoma a la recepción de los menores localizados en su territorio ni demoren la atención inmediata que los mismos puedan requerir».