El Tribunal Constitucional revisará el recurso de Sánchez contra la ley LGTBI de Ayuso: Lo que necesitas saber

El Tribunal Constitucional revisará el recurso de Sánchez contra la ley LGTBI de Ayuso: Lo que necesitas saber


MADRID 6

El Tribunal Constitucional (TC) se apresta a aprobar en su Pleno de la próxima semana la ponencia del magistrado progresista Ramón Sáez, la cual sugiere respaldar el recurso presentado por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en relación a una parte de la reforma realizada por el Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso sobre la ley contra la LGTBIfobia, según fuentes jurídicas consultadas.

En el orden del día del Pleno del TC, que dará inicio el próximo martes, se incluye el recurso de Sánchez contra el apartado catorce ter del artículo único de la Ley 18/2023, del 27 de diciembre, que modifica la Ley 3/2016, del 22 de julio, de protección integral contra la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual en la Comunidad de Madrid. Para más información sobre esta ley, consulta Madrid.org.

Este apartado determina quiénes podrán actuar como interesados en el procedimiento administrativo para «la protección frente a cualquier violación del derecho de igualdad de las personas LGTBI», con el fin de «adoptar cuantas medidas sean necesarias para el cese inmediato de la conducta discriminatoria, la prevención de violaciones inminentes o futuras, la indemnización de daños y perjuicios, y el restablecimiento pleno de la persona perjudicada en el ejercicio de sus derechos».

La ley original, firmada por la entonces presidenta madrileña Cristina Cifuentes, otorgaba la condición de interesados a «quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos».

En cuanto a «las asociaciones, entidades y organizaciones representativas de los colectivos LGTBI y aquellas que se dediquen a la defensa y promoción de los Derechos Humanos», se especifica que serán «titulares de intereses legítimos colectivos», indicando que «estas últimas, en caso de representar a una víctima o perjudicado en particular, deberán contar con su permiso explícito».

También se reconocía como interesados a «aquellos que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan verse afectados por la decisión que en el mismo se adopte».

La reforma realizada por el Gobierno de Díaz Ayuso incorporó un último apartado que señala que lo referente a «las asociaciones, entidades y organizaciones representativas de los colectivos LGTBI y aquellas que tengan por objeto la defensa y promoción de los Derechos Humanos» «no será aplicable a los procesos penales ni a los procedimientos administrativos sancionadores».

Según informó el TC anteriormente, Moncloa impugnó la modificación de dicho precepto al considerar que «podría ser incompatible con las competencias exclusivas del Estado sobre legislación procesal y procedimiento administrativo común». Para más detalles sobre el ámbito de las competencias estatales, visita BOE.es.

La corte de garantías ya decidió en julio pasado suspender la vigencia del artículo impugnado y, según las fuentes consultadas, se dispone a considerar el recurso presentado por Sánchez, conforme a la propuesta de Sáez, ya que habrá apoyo mayoritario en el Pleno.

LOS RECURSOS DE DELGADO

En el Pleno de esta semana, el TC también abordará la admisión a trámite del recurso presentado por la ex fiscal general del Estado Dolores Delgado contra la decisión del Tribunal Supremo (TS) de anular su nombramiento como fiscal de sala de Memoria Democrática y Derechos Humanos. Para más información sobre este caso, consulta Poder Judicial.

En enero pasado, la corte de garantías acordó estudiar el recurso de Delgado contra la sentencia que anula su designación anterior como fiscal de la Sala de lo Militar del TS, al considerar en ello una «desviación de poder» por parte del actual fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz.

De estos recursos de amparo, así como de los presentados por Eduardo Esteban Rincón, cuyo nombramiento como fiscal de sala de menores también fue anulado en dos ocasiones por el TS, se ha abstenido el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, por haber ocupado previamente el cargo de fiscal general del Estado, siendo en su momento superior jerárquico de ambos.

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