
Considera que abrir una causa paralela generaría «disfunciones» en el procedimiento
MADRID, 7 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Supremo (TS) ha decidido por el momento no conceder la licencia requerida al PSOE para presentar una querella por injurias y calumnias contra el supuesto conseguidor del ‘caso Koldo’, Víctor de Aldama, tras sus declaraciones ante el magistrado instructor el pasado 16 de diciembre.
En un auto, publicado por Europa Press, el instructor Leopoldo Puente menciona que la investigación está en una fase «marcadamente embrionaria», por lo que «no se puede aseverar la mendacidad de las declaraciones» de De Aldama «ni tampoco que resulten ajenas al objeto de la investigación».
Además, señala que si se iniciara un proceso paralelo por injurias y calumnias mientras avanza la instrucción, ello ocasionaría disfunciones procesales inaceptables.
DESPUÉS, YA SE VERÁ
No obstante, el magistrado aclara que su negativa a conceder la licencia para la querella, respaldada por la Fiscalía, no es definitiva. Una vez finalizado el juicio o si la causa se cierra por falta de indicios, se podría otorgar.
El 16 de diciembre, el partido anunció su intención de querellarse contra De Aldama debido a sus afirmaciones en su declaración como imputado en el TS, donde alegó que se pagaron entre 3,4 y 5 millones de euros en comisiones por la adjudicación de obras públicas. Dichas comisiones, según detalló, serían distribuidas con el exministro de Transportes, José Luis Ábalos, su exasesor ministerial Koldo García, y también con el PSOE.
En un comunicado, el PSOE aseguró que estas nuevas declaraciones del empresario ante el Supremo, de las cuales «ha tenido conocimiento a través de los medios de comunicación», constituyen «imputaciones falsas» contra el partido y sus miembros.
Por lo tanto, el PSOE planeaba solicitar al Tribunal Supremo «la preceptiva licencia» para interponer una querella contra De Aldama por el delito de injurias y calumnias pronunciadas en sede judicial.
Desde la formación criticaron a De Aldama por sentirse «obligado a renovar el repertorio de sus calumnias, sin aportar nuevamente la más mínima prueba» tras haber comprobado la «falsedad de las declaraciones» que realizó el 4 de noviembre en el Juzgado número 2 de la Audiencia Nacional.
AFIRMACIONES «NO MÍNIMAMENTE CONTRASTADAS» SOBRE TORRES Y CERDÁN
Ahora, Puente recuerda que «las expresiones proferidas» por De Aldama ocurrieron «en el curso de su declaración como investigado», en la cual «admitió en lo sustancial una buena parte de los hechos que se le imputan», incluyendo «haber entregado distintas cantidades de dinero u otros beneficios económicos a diferentes miembros del Partido Socialista Obrero Español, entre ellos: Ábalos Meco, (Koldo) García Izaguirre, (Ángel Víctor) Torres Pérez y Santos Cerdán».
El instructor aclara que la licencia solicitada por el PSOE para esa querella era por las acusaciones dirigidas contra el ministro Ángel Víctor Torres y contra el secretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán. Explica que sobre ellos «no ha resuelto elevar el correspondiente suplicatorio, que igualmente sería necesario para proceder a su inculpación o procesamiento».
Puente detalla que las imputaciones realizadas por De Aldama contra ambos «se basan actualmente únicamente en afirmaciones, no mínimamente contrastadas, inadecuadas para considerarse indicios sólidos que podrían haber llevado a una decisión diferente».
Recuerda que en relación a Cerdán, De Aldama mencionó que le entregó una cantidad –en la Audiencia Nacional afirmó que eran 15.000 euros– «en compensación» por la adjudicación de unas obras. Además, sobre Torres, afirmó que le habría solicitado a través de una tercera persona «una cantidad económica como contraprestación por la adjudicación de un contrato público».
De Aldama también mencionó que habría ofrecido a Torres un piso «gratuitamente para la realización de cierto tipo de reuniones», abrogando que «tales hechos carecen en este momento de cualquier tipo de elementos más allá de las simples manifestaciones del Sr. Aldama que puedan corroborar la posible realidad de las imputaciones», por lo que no ha elevado suplicatorio al Congreso dada la «ausencia en este momento de indicios racionales de su posible participación en los hechos que se les atribuyen».
Añade que «más indirectas resultan las imputaciones» que De Aldama realizó en relación al PSOE, limitándose a indicar, en lo que concierne a esta cuestión, que Ábalos y Koldo García le expresaron que parte de las comisiones ilícitas (…) tenían como destino final las arcas del mencionado partido político.
AFECTA AL PROCEDIMIENTO
A pesar de todo, el magistrado subraya que no es el momento de conceder licencia para la querella de injurias solicitada por el PSOE, porque las aseveraciones de De Aldama no tienen por qué estar «ajenas al objeto que se investiga en esta causa especial», ni están desvinculadas de su derecho de defensa, «en la medida en que, resuelto, como asegura, a colaborar con la justicia admitiendo su responsabilidad, espera obtener algún tipo de beneficio penal vinculado a la eventual aplicación de la circunstancia atenuante analógica de confesión».
Por otro lado, el juez añade que si se aprobara la querella, «De Aldama se vería obligado a intentar demostrar la veracidad de las imputaciones que formuló de manera paralela en esta misma causa especial y en el procedimiento correspondiente por la presentación de la querella por delito de calumnias, lo que generaría evidentes disfunciones».
También señala que «tampoco» puede proporcionar al PSOE el testimonio de la declaración de De Aldama para respaldar la querella que planea, «dado que las actuaciones realizadas en la fase de instrucción no son públicas».
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