MADRID 14 Ene. (EUROPA PRESS) –
La Unión Progresista de Fiscales (UPF) ha expresado su «disconformidad y perplejidad» tras la citación del Tribunal Supremo al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, para que declare como imputado el próximo 29 de enero en la causa donde se investiga la presunta filtración en contra de Alberto González Amador, el novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.
En un comunicado difundido en la red social X y recogido por Europa Press, la UPF sostiene que esta imputación implica «criminalizar el funcionamiento normal de la Institución del Ministerio Fiscal«. Subrayan que los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica son «el ADN del Ministerio Fiscal y están consagrados en la Constitución», como menciona el artículo 124 de la Carta Magna. Más sobre la Constitución Española.
En este contexto, los fiscales progresistas consideran que la resolución judicial es «altamente discutible» e «ignora la norma esencial que rige la actuación del Ministerio Fiscal«, lo que, a su juicio, representa un «ataque directo a la Institución» y a su «funcionamiento interno para la aplicación del principio de jerarquía y unidad de actuación de la carrera». Para más información sobre el funcionamiento del Ministerio Fiscal.
En este sentido, la UPF enfatiza que el deber de dar cuenta a García Ortiz de los asuntos trascendentes «no es una posibilidad sino una obligación de los fiscales jefes para mantener estos principios de jerarquía y unidad de actuación».
Por otro lado, en relación al relato de hechos en los que se sostiene la resolución judicial que investiga a la teniente fiscal de la secretaria técnica, Pilar Rodríguez, los fiscales progresistas defienden que esto solo significa que «dar cuenta al superior jerárquico puede ser considerado a partir de ahora un indicio de delito». Más sobre esta polémica en El Confidencial.
Por todo lo anterior, la UPF declara que la resolución judicial del Supremo es «no solo la falta absoluta de indicios de criminalidad contra las personas a las que se dirige, sino además la existencia de sólidos contraindicios que deberían llevar de manera inmediata al archivo de este procedimiento».