La AN absuelve a la etarra Sorzabal de atentado en Irún por tratos inhumanos de la Policía

La AN absuelve a la etarra Sorzabal de atentado en Irún por tratos inhumanos de la Policía


Sostiene que la prueba en la que se basaba su culpabilidad fue obtenida por torturas para «obligarle a declarar»

MADRID, 8

La Audiencia Nacional (AN) ha **absuelto** a la exjefa de la organización terrorista ETA, **Iratxe Sorzabal**, del atentado ejecutado en octubre de 1995 en el paso fronterizo de **Irún** (Guipúzcoa), que produjo daños en la aduana española, ya que fue **sometida a tratos inhumanos** para obtener la principal prueba en su contra.

En una sentencia, la Sala de lo Penal concluye que la prueba en la que se basaba la autoría del atentado fue obtenida «con vulneración de sus derechos fundamentales», específicamente tras la «aplicación de electrodos por parte de aquellos funcionarios que la custodiaban a fin de obligarle a declarar».

Dicha prueba consistió en la ‘kantada’ o autocrítica, una serie de declaraciones manuscritas hechas por miembros de la organización a la cúpula de ETA tras ser detenidos por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

«**Existe evidencia** de que, durante su detención, Iratxe Sorzabal fue sometida a la aplicación de electrodos por parte de aquellos funcionarios que la custodiaban, lo que supone una evidente vulneración de sus derechos fundamentales», sostiene el fallo.

Según los magistrados, «la pericial realizada en el acto del juicio es nítida en tal sentido», en tanto que «las lesiones dérmicas» denunciadas por Sorzabal se produjeron por «la aplicación de electrodos, excluyendo de forma tajante otras posibles etiologías».

UN MANUSCRITO «VICIADO DE NULIDAD»

La sentencia recuerda que la **Fiscalía** no pretendía basar su solicitud de condena «en función de las declaraciones policiales prestadas bajo la vulneración de los derechos fundamentales de la acusada».

«La acusada no ratificó tales declaraciones en sede judicial, donde afirmó que habían sido obtenidas bajo tortura. De hecho, se sobreseyó provisionalmente el procedimiento y no fue hasta que se encontró el manuscrito en el que ahora se fundamenta la acusación que se volvió a abrir la causa», indica el fallo.

La Sala deja claro que el «manuscrito, elaborado unos días después de la detención, no está libre de la misma nulidad que la declaración, aunque de forma indirecta, ya que si no hubiera habido declaración tampoco se habría generado la citada misiva».

En el presente caso, «el manuscrito es un claro reflejo de las declaraciones prestadas en sede policial», incluyendo datos que no ofreció en esa sede.

Sin embargo, esto no significa que el manuscrito esté **libre de culpabilidad**, ya que es consecuencia de la declaración policial; sin una, no se habría producido la otra.

OBTENIDA «MEDIANTE VIOLACIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES»

El tribunal concluye que «no se ha acreditado, a través de prueba lícita alguna, la comisión delictiva que el **Ministerio Fiscal** atribuye a la acusada, puesto que la única prueba de cargo existente, el manuscrito, es nula de pleno derecho».

Esto es así, recalca, por «haberse obtenido mediante violación de los derechos fundamentales de la acusada, siendo consecuencia de los malos tratos sufridos durante su detención, que tenían por objeto que prestase declaración en los términos que se le indicaban, sin existir otra prueba que destruya la presunción de inocencia a su favor».

En su declaración en la vista oral, celebrada a finales de febrero, Sorzabal se desmarcó del atentado. **»Niego todo,»** afirmó, dejando claro que no reconocía los hechos que le acusaba la Fiscalía.

SU ABOGADO DENUNCIÓ TORTURAS EN EL JUICIO

El interrogatorio de la Fiscalía a Sorzabal se centró en la ‘kantada’, que incluía ataques sin un autor definido. Sin embargo, la exjefa de ETA sostuvo que lo que describió en el manuscrito es todo lo que le «hicieron aprender de memoria, con todos los detalles».

«Sorzabal fue torturada. Esta nota no es un relato de lo realizado, es un relato de lo declarado ante la policía. Aunque supongamos, sin ser cierto, que realmente esto es una confesión, entendemos que no se puede condenar basándose en esta nota», defendió su abogado.

Para reforzar su tesis, el letrado presentó el testimonio de un perito que aseguró que las lesiones de Sorzabal tras su detención podían ser compatibles con la aplicación de electrodos. El tribunal da credibilidad a esta versión en su fallo.

FUE ABSUELTA POR OTRO ATENTADO

Es importante recordar que en abril la Audiencia Nacional ya **absolvió** a Sorzabal del delito de estragos terroristas en grado de tentativa, por el que la Fiscalía pedía 6 años, por la colocación de un artefacto explosivo en el **aeropuerto de Alicante** en julio de 1995.

El tribunal apuntó que había un vacío probatorio acerca de la autoría de ese atentado, resultante de la falta de prueba de un dato crucial: la autoría de la carta manuscrita —la ‘kantada’— que la Fiscalía atribuía a la etarra, en la que se reconoce los hechos y respecto a lo cual no se practicó prueba alguna.

Para más detalles sobre este caso, puedes consultar el artículo completo en este enlace, o para un análisis más profundo sobre los derechos humanos, visita Derechos Humanos.

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