Afean que se diera un «trato privilegiado» a la Fiscalía y que no se permitiera al magistrado recurrir
MADRID, 17 Ene. – Tres magistrados del ala conservadora del Tribunal Constitucional (TC) han explicado en un voto particular que consideran vulnerado el derecho de José María Macías a ejercer su cargo de magistrado de la corte de garantías, debido a la decisión de la mayoría progresista del Pleno de apartarle de las deliberaciones sobre la ley de amnistía, tal y como solicitó la Fiscalía.
En el voto particular, al que ha tenido acceso la prensa, expresan su desacuerdo con la decisión adoptada esta semana de apartar al magistrado –también del bloque conservador– del debate sobre la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Supremo en relación a la ley de amnistía, dada su participación en dos informes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) cuando fue vocal del órgano.
Los magistrados César Tolosa, Enrique Arnaldo y Concepción Espejel consideran que la petición del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, para apartar a Macías fue «indebidamente admitida a trámite», ya que a su juicio, debería haber sido inadmitida por extemporánea y «debió descartarse» porque no existía causa de recusación alguna.
En el contexto del voto particular, los firmantes critican que, tras abrirse una pieza separada para estudiar la recusación de Macías, se haya dado traslado de las actuaciones a la Fiscalía, acción que consideran «indebida e injustificada».
«El trato privilegiado dado al fiscal para que pudiera replicar las alegaciones del recusado, sin posibilidad de dúplica, ha mermado las garantías constitucionalmente establecidas que este tiene en el expediente de recusación», señalan.
Asimismo, describen cómo la actuación de la mayoría progresista ha causado una «indefensión» a Macías, añadiendo que el Tribunal Constitucional no se ha pronunciado sobre la posibilidad de que un recusado pueda interponer recurso de súplica frente al auto que, limitando su derecho fundamental, le aparta definitivamente del conocimiento de un asunto.
VE AFECTADA LA INDEPENDENCIA DE LOS VOCALES DEL CGPJ
Los magistrados discrepantes argumentan que en el TC hay «cuatro exvocales del CGPJ» y sostienen que «apartar a tales magistrados contra su voluntad por haber emitido opiniones jurídicas en el marco de las funciones consultivas atribuidas a dicho órgano constitucional afecta a la garantía de independencia con la que debe desempeñarse la función de vocal del Consejo y puede producir un efecto de desaliento en el ejercicio de las importantes funciones consultivas que dicho órgano está llamado a realizar».
Tolosa, Arnaldo y Espejel afirman que con la decisión sobre Macías, el Constitucional se aparta de su doctrina. «No cabe apartar a un magistrado de su cometido por el mero hecho de tener un criterio jurídico anticipado sobre los asuntos a resolver», recuerdan.
En este sentido, recalcan que el propio TC ha establecido que «la legitimación democrática de los magistrados del Tribunal Constitucional radica en su pluralidad ideológica y jurídica, derivada de su designación por poderes del Estado democráticamente legitimados y su trayectoria profesional como juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional».
RECUERDAN EL CASO DE ESPEJEL
En este contexto, los magistrados recuerdan que el tribunal anteriormente rechazó la abstención de Espejel por haber participado en el análisis y discusión del anteproyecto de la ley del aborto cuando era vocal del CGPJ.
Los firmantes del voto particular insisten en que en el caso de Macías, se debería haber rechazado la petición de la Fiscalía de apartarle, similar a cómo se rechazó la abstención de Espejel.
Los tres magistrados defienden que Macías «no tuvo participación alguna en la ideación, redacción o apropiación de la norma impugnada, es decir, no tuvo la capacidad de cambiar el sentido o contenido de la norma, hasta el punto de comprometer su criterio».
«Ese –y no otro– constituye el fundamento y finalidad de las causas de abstención y/o recusación invocadas: que nadie pueda someterse a su propio enjuiciamiento», explican.
Así, Tolosa, Arnaldo y Espejel reiteran que la mayoría progresista del Pleno ha vulnerado el derecho de Macías al ejercicio de su cargo de magistrado al apartarle.
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