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"La Audiencia Procesa a Oltra y Sus Ex Altos Cargos: Archivo de Caso para Ex Directora Territorial"

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VALÈNCIA 12 May. –

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de València ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa en la que se ha investigado el presunto encubrimiento de los abusos a una menor tutelada por parte de un educador social, exmarido de la exconsellera y exportavoz del Consell del Botànic, Mónica Oltra, y la ex directora territorial de la Conselleria de Igualdad en Castellón y Valencia, Carmen Fenollosa. Se considera que su presunta participación en los hechos se limita a un bloque de los que este tribunal ya en junio del año pasado había excluido de toda relevancia penal.

Así consta en una resolución, de fecha 9 de mayo, donde se rechazan, salvo el caso de Fenollosa, los recursos interpuestos por otros seis altos cargos en la Conselleria que en su momento dirigía Oltra. Esto se refiere al auto en el que se acordaba el procesamiento de todos ellos por el presunto encubrimiento de los abusos a una menor y por la formación de un expediente informativo para verificar la veracidad de las acusaciones de la menor. Para más detalles, visita este enlace.

Con esta decisión, la Audiencia mantiene el procesamiento de Oltra —quien no recurrió— y de 14 personas más que fueron altos cargos y técnicos de su departamento. Sin embargo, se admite el recurso de Fenollosa por entender que su inclusión en el auto de procesamiento fue un error de interpretación, ya que su intervención desde diciembre de 2019 se circunscribe al «tercer bloque» de hechos, excluido «de toda relevancia criminal» por el tribunal en junio de 2024.

Estos hechos se refieren al tiempo de la celebración del juicio oral contra el educador por los abusos y respecto al «hecho relativo a la conducción de la menor engrilletada al juicio». Así, no se dictó en su momento auto de procesamiento.

El 20 de junio del año anterior, el Juzgado de Instrucción 15 de València —encargado de la causa— dictó un auto de transformación de las diligencias en procedimiento abreviado «por imperativo legal». El tribunal reabrió la causa al estimar los recursos de la acusación particular y las acusaciones populares. Para más información sobre las acusaciones, visita aquí.

El procedimiento, dirigido contra Oltra —quien dimitió en junio de 2022— había sido archivado anteriormente por no apreciar delito alguno ni un presunto encubrimiento de los abusos, respaldado por la Fiscalía. Sin embargo, la Audiencia defendió que existía una hipótesis «plausible» de que cuando la noticia de los abusos llegó a la Conselleria de Igualdad, «las personas que tuvieron conocimiento de los hechos habrían pretendido ocultarlos».

En esa reapertura, el tribunal opinó que «no se denunciaron unos hechos graves ni se protegió a la menor tutelada, colocándola en una situación de riesgo, ya que el educador fue reincorporado a su puesto».

JUICIO ORAL

Por tanto, se estimó que en ese momento procesal no podía eliminarse «de una manera clara» la posibilidad de infracción penal por incumplimiento del deber de denunciar y proteger a la menor. Se entendía que debía ser en el acto del juicio oral donde se resolvieran las cuestiones sobre las circunstancias de los hechos y el juicio de tipicidad correspondiente. Para conocer más sobre el juicio oral, haz clic aquí.

«DRET A ACUSAR»

La exconsellera ha publicado, tras conocer la decisión, un mensaje en la red social X con la frase en valenciano: «Dret a acusar«. También añadió la «Imatge gràfica» del inquisidor principal Bernardo Gui de ‘El nombre de la rosa’.

Según fuentes de su entorno, esto hace alusión al uso del principio ‘pro actione’, que prioriza el derecho a acusar frente a la presunción de inocencia, aplicado en el ámbito administrativo pero no en el penal. Para más información sobre este principio, visita este enlace.

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