Asegura que solo cabe confirmar la exoneración porque no puede modificar los hechos probados.
MADRID, 1 May. –
El Tribunal Supremo ha confirmado la absolución de un hombre diagnosticado de un trastorno de personalidad límite, acusado de intentar asesinar al médico que acudió a su casa tras la llamada de su madre al 112. Los magistrados han señalado que solo cabe ratificar su exoneración, dado que se demostró que actuó en un estado de «intoxicación plena» por el consumo de alcohol y drogas.
En una sentencia a la que se ha tenido acceso, el alto tribunal explica que, una vez que la sentencia de instancia incluye en sus hechos probados que el acusado estaba en ese estado, no es posible modificar la absolución.
Esta decisión ha contado con la oposición de dos de los cinco integrantes del tribunal, el presidente en funciones de la Sala de lo Penal, Andrés Martínez Arrieta, y el magistrado Vicente Magro, quienes han presentado un voto particular para señalar su discrepancia.
«ESTADO DE EXTREMA AGRESIVIDAD»
Los hechos se remontan a una madrugada de junio de 2018, cuando el acusado agredió a su padre. Tras haber consumido alcohol y otras sustancias, profirió «continuos gritos e insultos» y golpeó a su padre. La madre, alarmada por el «estado de extrema agresividad» de su hijo, avisó al 112.
Al llegar, un médico y una enfermera encontraron al acusado saliendo violentamente de la vivienda con un palo de madera. Según la sentencia, el hombre golpeó «repetidamente» al médico en la cabeza, con la intención de acabar con su vida, sin darle tiempo a reaccionar.
A raíz del ataque, el médico quedó inconsciente en el suelo, mientras el acusado continuaba golpeándolo, amenazando con matarlo. La enfermera logró resguardarse en el coche.
ACUCHILLÓ HASTA EL COCHE DE LA GUARDIA CIVIL
La Guardia Civil llegó al domicilio y encontró al acusado gritando e increpando a su padre. Tras intentar calmarlo, el hombre tomó un cuchillo de grandes dimensiones, amenazando de muerte a su madre y a los agentes, además de acuchillar coches de emergencias.
El acusado mantuvo el cuchillo hasta que una de las agentes disparó al aire. A pesar de esto, el hombre continuó riéndose y amenazando con armas de fuego. Finalmente, con la llegada de refuerzos, fue reducido y llevado a urgencias.
Como resultado del ataque, el médico sufrió un traumatismo craneoencefálico grave, requiriendo cirugía y un largo tratamiento. Sufrió secuelas que le llevaron a una incapacidad permanente.
El padre del acusado no reclamó indemnización, pero sufrió lesiones aproximadas que requirieron cirugía. Dos agentes también resultaron heridos.
NO VE UN DELITO DE ATENTADO CONTRA EL MÉDICO
La Audiencia Provincial de Toledo absolvió al acusado del intento de asesinato, aplicándole la eximente de responsabilidad criminal por intoxicación. No obstante, se le impusieron indemnizaciones por un total de 800.000 euros.
En desacuerdo, el médico y otras entidades llevaron el caso al Tribunal Superior de Justicia, que aumentó la indemnización del médico a 950.000 euros.
El Colegio de Médicos y la Junta recurrieron ante el Supremo, argumentando la vulneración de derechos al no aplicarse el delito de atentado contra un funcionario público. Además, cuestionaron la eximente de responsabilidad criminal.
El alto tribunal respondió que no se puede condenar al acusado por el delito de atentado, ya que no se estableció que tuviera conocimiento de que la víctima era un sanitario. Más información sobre el delito de atentado.
En cuanto al segundo argumento, los magistrados criticaron la falta de enfoque en la tutela judicial efectiva en el recurso, reafirmando la eximente completa basada en el estado de intoxicación grave del acusado, que le impedía discernir entre el bien y el mal.
También se recogieron informes que sugerían episodios psicóticos y trastornos de impulsos, confirmando la imposibilidad de excluir la eximente completa sin nuevas pruebas. Más sobre trastornos de personalidad.
VOTO PARTICULAR
Finalmente, el tribunal desestimó los recursos y confirmó la sentencia del TSJ, subrayando la orden de internamiento y las indemnizaciones.
Los dos magistrados que redactaron un voto particular criticaron que el Supremo no anulara la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, considerando que no absolvió al acusado, sino que lo declaró exento de responsabilidad penal.
Además, manifestaron que la respuesta a los recursos fue insuficiente y abogaron por un retorno del caso al TSJ para una nueva resolución que atendiera adecuadamente las objeciones. Consulta sobre la tutela judicial efectiva.