ERC Exige Responsabilidades al Gobierno por Inacción Contra la Fundación Franco, Dos Años Tras la Ley de Memoria

ERC Exige Responsabilidades al Gobierno por Inacción Contra la Fundación Franco, Dos Años Tras la Ley de Memoria


La reforma del PSOE para disolver asociaciones que hagan «apología del franquismo» sigue parada en el Congreso desde diciembre.

MADRID, 9 Mar. –

Esquerra Republicana (ERC) exige que el ministro de Política Territorial y responsable de Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, rinda cuentas el miércoles en el Congreso. Esto se debe a que, casi dos años y medio después de la aprobación de la nueva ley de memoria, el Gobierno aún no ha impulsado la extinción de la Fundación Franco.

Específicamente, el diputado de ERC, Francesc-Marc Álvaro Vidal, tiene la intención de preguntar a Torres por qué esa fundación sigue activa cuando la Ley de Memoria Democrática de octubre de 2022 establece como causa de extinción que estas entidades «no persigan fines de interés general o realicen actividades contrarias al mismo».

La norma aclara que se considerará «contraria al interés general la apología del franquismo que ensalce el golpe de Estado y la dictadura o enaltezca a sus dirigentes,» desestimando la dignidad de las víctimas del golpe de Estado, de la guerra o del franquismo, además de incitar directa o indirectamente al odio o violencia contra las mismas por su condición de tales.

En este contexto, el pasado mes de junio, el Gobierno inició un periodo de actuaciones previas para recopilar información que podría motivar el inicio del procedimiento para instar judicialmente la extinción de la Fundación Nacional Francisco Franco.

COMPETENCIA DE CULTURA

En estos casos, corresponde al Protectorado de Fundaciones, que depende del Ministerio de Cultura, instar judicialmente la extinción de la fundación por concurrencia de esta causa. Por ello, las acciones fueron iniciadas por el departamento dirigido por Ernest Urtasun.

El Ministerio ha diseñado un procedimiento dividido en tres fases. La primera, activada en junio, consiste en la solicitud de informes sobre la Fundación Franco a la Secretaría de Estado de Memoria Democrática y al Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Tras la recopilación de esa información, en una segunda fase, se abrirá el procedimiento, comunicando el expediente a la fundación, otorgándole un plazo para presentar alegaciones. Finalmente, se solicitará un informe a la Abogacía General del Estado, a partir del cual el Ministerio de Cultura elaborará una resolución para instar judicialmente la extinción, quedando esta decisión en manos de los jueces.

PENDIENTES DE LA PONENCIA

Además, el pasado mes de octubre, el Pleno del Congreso aceptó tramitar una proposición de ley registrada por el PSOE para reformar la Ley Reguladora del Derecho de Asociación. Esta incluye como causa de disolución de estas entidades «la realización de actividades que constituyan apología del franquismo«.

La reforma comenzó su tramitación con un único voto en contra de Vox, que luego presentó una enmienda de totalidad que fue rechazada. En diciembre se registraron las enmiendas parciales, pero tres meses después aún no se ha convocado la ponencia para discutirlas.

Con esta iniciativa, se busca cumplir otra disposición de la Ley de Memoria Democrática que preveía modificar la ley de asociaciones en este sentido, y que, según dicha norma, debería haberse implementado antes de octubre de 2023.

El texto del PSOE señala que esta apología puede ocurrir «ensalzando el golpe de Estado de 1936 o la dictadura posterior» o exaltando a sus líderes con «menosprecio y humillación de la dignidad de las víctimas del golpe, la guerra civil o el franquismo,» o bien mediante «incitación directa o indirecta al odio, la violencia contra las mismas o por su condición de víctimas».

La disolución deberá realizarse mediante resolución judicial y corresponderá al Ministerio Fiscal «el ejercicio de la acción en este tipo de procesos». Además, la proposición de ley del PSOE aclara que la disolución se aplicará independientemente de los fines teóricos y actividades mencionados en los estatutos de la asociación, así como si la entidad ha cumplido o no con el deber de inscripción registral, dado que este requisito se prevé solo a efectos de publicidad.

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