MADRID, 16 Jun. –
La Audiencia Provincial de Barcelona desestimó este lunes los recursos de apelación contra el auto emitido el pasado 26 de febrero por el Juzgado de Instrucción número 1 de Barcelona que acordó la prórroga de la instrucción del caso Negreira, según informa IUSPORT.
Esta solicitud fue presentada por el exdirectivo del FC Barcelona y expresidente del Consejo Superior de Deportes (CSD) Albert Soler, así como por el propio club y sus expresidentes Josep Maria Bartomeu y Sandro Rosell. También estaban involucrados el exdirectivo azulgrana Òscar Grau y el exárbitro catalán Xavier Estrada Fernández.
El 26 de febrero, la jueza Alejandra Gil acordó la prórroga de la instrucción de la causa por seis meses, comenzando desde el 1 de marzo de 2025, y también la declaración de los investigados.
La causa principal investiga los presuntos pagos del FC Barcelona al exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA), José María Enríquez Negreira. Además del supuesto cohecho, se están indagando posibles delitos de administración desleal y falsedad documental.
Según la Audiencia Provincial de Barcelona, el auto originalmente recurrido es «escueto en su fundamentación, pero explicita de forma clara el motivo por el que debe prorrogarse la instrucción de la presente causa». «La instrucción podría dilatarse debido a que, y pese a haber sido acordadas, no han sido practicadas las declaraciones de los investigados, excepto la de uno de ellos -Enríquez Negreira-, de cuyo resultado podría derivarse la necesidad de realizar nuevas diligencias tales como el rastreo de dinero o testificales de personas que pudieran corroborar, por ejemplo, la versión que sobre determinados hechos puedan dar los investigados que no han declarado».
«En consecuencia, resulta procedente fijar un nuevo plazo máximo para la finalización de la presente instrucción, por otros seis meses, a contar desde la finalización del actual plazo», indicó. «Se cumple en suma, dice la Audiencia, con el requisito esencial del artículo 324.1 LECrim que exige que el instructor exponga las concretas diligencias que son necesarias y su relevancia para la investigación», apuntó.
«Ha resultado justificada la necesidad de practicar las declaraciones de los investigados que, pese a haber sido acordadas, no han sido practicadas, con la consiguiente imposibilidad de concluir la instrucción y la relevancia de las mismas para la investigación», concluyó.