La mujer fue finalmente absuelta del delito de tráfico de drogas por el que fue enviada a la cárcel.
MADRID, 13 Mar. –
La Audiencia Nacional ha decidido que el Ministerio de Justicia debe pagar la suma de 10.000 euros a una mujer que estuvo en prisión preventiva durante más de 14 meses por un supuesto delito de tráfico de drogas del que fue finalmente absuelta.
En una sentencia presentada por la magistrada Lucía Acín, se detalla que la mujer estuvo en prisión preventiva, ordenada por el Juzgado de Instrucción número 3 de Carlet (Valencia), desde el 8 de mayo de 2018 hasta el 20 de julio de 2019 por un presunto delito contra la salud pública del que fue absuelta por el Juzgado de lo Penal número 10 de Valencia.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha dado parcialmente la razón a la recurrente, representada por Diego Fernández López del bufete Matilla & Pastrana Asociados, especializado en derecho penal y administrativo.
En la resolución, la magistrada indica que, de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), tienen derecho a indemnización «quienes, después de haber sufrido prisión preventiva, sean absueltos o haya sido dictado auto de sobreseimiento libre, siempre que se les hayan causado perjuicios».
Además, especifica que en este caso «concurren los presupuestos para reconocer una indemnización» ya que, en el ámbito material, «la recurrente estuvo ingresada en prisión preventiva siendo finalmente absuelta», y en el temporal, la solicitud fue presentada en octubre de 2021, una vez que entró en vigor la nueva redacción del artículo 294.2 de la LOPJ.
EL IMPORTE
En cuanto a la cuantía de la indemnización, la mujer solicitó 65.881 euros. Sin embargo, la magistrada aclara que esta debe fijarse en relación al tiempo de privación de libertad y a las consecuencias personales y familiares que se hayan producido.
Recuerda que en este caso específico «procede reconocer una indemnización por daño moral debido a su estancia en prisión considerando «la desvinculación física con su lugar de residencia habitual y de su familia –esposo e hijas mayores de edad–«.
También menciona que se debe tener en cuenta que la mujer se vio obligada a convivir con personas «no elegidas en un entorno físico no escogido y sometida a un régimen penitenciario de horarios y actividades».
Además, la magistrada resalta que para determinar la cantidad se tuvo en cuenta el tiempo efectivo de privación de libertad (408 días), la gravedad del delito imputado y criterios de progresividad en la privación de libertad. Por esta razón, se ha fijado la indemnización en 10.000 euros, lo que equivale a 24,5 euros por cada día de prisión preventiva.
Por otro lado, aclara que no se reconocerá cantidad alguna por los ingresos que sus hijas realizaron en su cuenta de peculio para cubrir sus gastos de prisión, que suman 1.825 euros, ya que no fueron abonados por la recurrente.
Para más información sobre derechos de los acusados, visita Ministerio del Interior.
Además, puedes consultar artículos relacionados con el Código Penal y las directrices de la ONU sobre derechos humanos y justicia penal.